Plan de pagos ARCA: hasta 18 cuotas para deudas vencidas
Desde hoy está vigente el nuevo plan de pagos ARCA, un régimen especial de facilidades que permite regularizar deudas impositivas, aduaneras y de la seguridad social vencidas hasta el 30 de junio de 2026. Se creó por la Resolución General 5875/2026, publicada ayer en el Boletín Oficial.
Conviene decirlo de entrada, porque suele generar confusión: acá no hay moratoria. No se condona capital, ni intereses, ni multas. Lo que se ofrece es tiempo y una tasa de financiación.
Quiénes pueden entrar al plan de pagos ARCA
El régimen alcanza a tres grupos: MiPyMEs de los Tramos 1 y 2 con Certificado MiPyME vigente; pequeños contribuyentes —personas humanas y sucesiones indivisas, código 547 del Sistema Registral—; y entidades sin fines de lucro, categoría que incluye asociaciones civiles, fundaciones, cooperativas, mutuales, consorcios de propietarios, cooperadoras e iglesias.
Cuotas, tasa y letra chica
Las condiciones cambian según el perfil. Micro y pequeñas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro pueden financiar hasta 18 cuotas para obligaciones generales y hasta 9 para retenciones y percepciones, con un pago a cuenta del 5%. Las medianas empresas de los Tramos 1 y 2 llegan hasta 15 y 7 cuotas respectivamente, con un pago a cuenta del 10%.
Para todos rige la misma tasa de financiación: 2,75% mensual. Las cuotas son mensuales, iguales y consecutivas, y tanto el anticipo como cada cuota tienen un mínimo de $50.000. La adhesión se hace únicamente por el servicio «Mis Facilidades», en la opción «Régimen Especial de Facilidades de Pago – Obligaciones vencidas al 30/06/2026», y el plazo vence el 30 de octubre de 2026.
Hay exclusiones que conviene mirar antes de entusiasmarse: quedan afuera los condenados por delitos tributarios o aduaneros con sentencia firme, y conceptos como los anticipos, el IVA de servicios digitales del exterior, los aportes a obras sociales, la ART y las cuotas de planes vigentes. El plan caduca solo si quedan dos cuotas impagas —consecutivas o alternadas— y pasan 60 días del vencimiento de la segunda.
¿Te sirve un plan sin quita pero con 18 cuotas, o la tasa te termina comiendo el beneficio? Contanos en los comentarios.